1. DERECHOS ESENCIALES

El acoso sexual y/o por razón de sexo supone la vulneración de derechos esenciales reconocidos en la Constitución Española (CE) como:

  • La dignidad profesional y personal (art. 10 CE).
  • La garantía de igualdad y prohibición de discriminación alguna por razón de sexo o cualquier otra circunstancia personal o social (art. 14 CE).
  • La vida y la integridad física y moral (art. 15 CE).
  • La intimidad, honor y propia imagen (art. 18 CE).

2. TRABAJO DIGNO

Creemos que toda persona tiene derecho a tener un trabajo en el que se protejan sus derechos y se garantice la no discriminación.

El Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho a la dignidad, a la intimidad, a la ocupación efectiva y a la no discriminación.

Somos conscientes de que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el entorno laboral atentan directamente contra estos derechos y pueden provocar daños físicos, psíquicos y morales, por lo que son del todo contrarios a un trabajo digno.

Nos comprometemos a fomentar un entorno laboral saludable, garantizando los derechos de las trabajadoras y trabajadores, recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, en el convenio colectivo y cualquier otra normativa que sea de aplicación, y respetando sus condiciones de trabajo.

3. TOLERANCIA CERO

Declaramos nuestra entidad libre de conductas consideradas acoso sexual o acoso por razón de sexo. Por lo que pondremos todos los medios a nuestro alcance para tratar de evitar estas conductas y, asimismo, establecemos un procedimiento para detectar e intervenir en caso de que se produzcan.

La entidad no permitirá que nadie de su personal incurra en una conducta considerada de acoso ni haya quien la promueva, fomente o tolere.

Todo el personal de la entidad debe respetar los derechos fundamentales de todas las personas que formamos parte de la misma, así como de aquellas otras que presten servicios en ella, promoviendo siempre conductas respetuosas.

4. APLICACIÓN

Este protocolo se aplicará a todo el personal que presta servicios en nuestra entidad, sea interno o de otras entidades, incluido aquel personal que colabore con nuestra entidad sin recibir remuneración, como pueden ser estudiantes en prácticas no laborales o personas que realicen voluntariado, entre otros.

El protocolo se aplicará en cualquier lugar y a cualquier hora siempre y cuando las conductas de acoso se produzcan durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo.

Asimismo, se incluirá en este ámbito de aplicación los acosos realizados a través de dispositivos móviles o por medio de cualquier otro dispositivo tecnológico (acoso virtual o ciberacoso).

5. PREVENCIÓN

Nos comprometemos a trabajar en la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo en cualquiera de sus manifestaciones. Para lo cual, en primer lugar, informaremos de la existencia y aplicación de este protocolo a todos los colectivos arriba indicados.

Además, tendremos una actitud proactiva mediante la realización de campañas de sensibilización e información y la organización de acciones formativas.

En el caso de que el personal proceda de otras entidades o estas presten algún servicio en nuestro nombre, daremos a conocer la obligación de cumplir estrictamente con este protocolo, y así se hará constar en los contratos suscritos con las mismas.

6. ACTUACIÓN

Nos comprometemos a iniciar el procedimiento de actuación en el momento en el que cualquier persona comunique, mediante el modelo de denuncia incluido en este protocolo, que está siendo acosada o tenga conocimiento de una situación de acoso.

Se actuará respetando la confidencialidad y de forma diligente, con el fin de que el procedimiento sea eficaz para la erradicación de tales conductas y la reparación de los posibles efectos.

De confirmarse la conducta, se sancionará a la persona acosadora. En caso de que ésta no forme parte de nuestro personal interno y, por lo tanto, no tengamos autoridad para aplicar la sanción, se pondrá en conocimiento de la entidad competente con el fin de que actúe, advirtiéndole que, de no hacerlo, la relación existente entre ambas entidades podría extinguirse.


LA DIRECCIÓN DE OFILINGUA